Reglamento de los torneos clasificatorios del Circulo de ajedrez de Escobar
Art. 1º - Todos los socios que ingresen a la institución a partir de la entrada en vigencia de este reglamento estarán sujetos a la clasificación interna indicada en los art. 2 y 17 de este reglamento.
Art. 2º - Los socios que tengan a su ingreso Ranking nacional, ELO o Ranking de otra federación, ingresarán a la categoría que corresponda, según el siguiente escalafón:
Los jugadores no ranqueados ingresarán en 4ª categoría.
Los jugadores que posean entre 1600 y 1799 puntos ingresarán en 3ª categoría.
Los jugadores que posean entre 1800 y 1999 puntos ingresarán en 2ª categoría.
Los jugadores que posean entre 2000 y 2199 puntos ingresarán en 1ª categoría.
Los jugadores con más de 2199 puntos ingresarán en la categoría superior.
Todo ello acorde a las categorías de la Federación del Norte de Buenos Aires (FANOBA), con una diferencia en cuanto al rango de puntaje correspondiente a cada una de ellas.
Art. 3º - A partir de la entrada en vigencia de este Reglamento se disputará un torneo clasificatorio de 4ª categoría, que permitirá definir los jugadores que ascenderán a 3ª cat.
Art. 4º - El torneo clasificatorio de 4ª categoría se realizará con las mismas reglas que los torneos de 2ª y 3ª categorías, indicadas en los art. 7 y 8 de este reglamento, pero sin descensos.
Art. 5º - Todos los jugadores que a la fecha no estén clasificados en 1ª categoría, 1ª condicional , 2ª o 3ª podrán participar del torneo clasificatorio de 4ª categoría.
Art. 6º - El torneo de 4ª será abierto a socios y no socios, clasificando solamente a aquellos jugadores que sean socios al inicio del mismo.
Art. 7º - El torneo de 2da. permitirá que el 30% de los participantes, de acuerdo al orden de clasificación, puedan jugar el torneo mayor del Círculo o torneos internos de 1ra. Que se realicen antes del próximo torneo clasificatorio de 2da.
Art. 8º - El 30 % de los participantes que clasifiquen en los últimos puestos de los torneos de 1ª , 2ª y 3ª , descenderán a la categoría inferior.
Art. 9º - No hay plazos definidos para volver a jugar un torneo de categoría después de haber logrado el ascenso, quiere decir que un jugador arriesga su permanencia en el momento que decide jugar el torneo correspondiente a su categoría.
Art. 10º - Si el 30 % a que se refiere los art. 7 y 8 no fuera un número entero, se considerará la siguiente escala:
si la fracción fuera menor 0,5 se adoptará el número entero inmediato inferior.
Si la fracción fuera igual o mayor a 0,5 se adoptará el número entero inmediato superior.
Art. 11º - Todos los torneos clasificatorios se realizarán por sistema Americano, si fuese necesario, por razones organizativas, se dividirán en zonas, jugándose una final entre los clasificados de cada zona, siguiendo el método de la U invertida con arrastre, luego de clasificar a los jugadores según su ranking
Art. 12º - El porcentaje de ascensos y/o descensos puede ser modificado por la C.D. de acuerdo a las circunstancias del momento en que se realice el correspondiente torneo clasificatorio
Art. 13º - Como complemento del Art. 9 se agrega que, todos los jugadores ascendidos serán considerados condicionales y deberán jugar el torneo de la categoría siguiente a fin de mantenerse en la misma, caso contrario deberán volver a la categoría anterior. Quedan Excluidos de dicha obligación los jugadores que hayan cumplido alguno de los siguientes requisitos :
Haya jugado en la categoría superior en más de una ocasión.
Campeón de la categoría inferior en más de una ocasión.
Art. 14 - El torneo de primera se regirá por las mismas reglas que el de segunda, sin ascensos.
Art. 15 - Si el 30% no fuese exacto se seguirá el mismo criterio que el establecido en el art. 8 para decidir la cantidad de jugadores que descenderán.
Art. 16 - Se confeccionará un listado con el ranking interno al finalizar todos los torneos clasificatorios del año en curso el cual será exhibido en el salón principal.
Art. 17 - Para confeccionar el ranking interno se utilizará la siguiente fórmula:
R n = R 0 + K * (W-W e ) * C
Donde:
R n significa ranking nuevo
R 0 significa ranking anterior
W significa puntos obtenidos en el torneo sin contar los ganados por ausencia
W e significa término de expectativa
K significa Coeficiente de Elo.
C significa Coeficiente de ritmo de juego
Se tomará como base el puntaje más alto entre el de FANOBA o el indicado en el Art. 2 según corresponda a aquellos jugadores que posean ranking en ambos o no. El Ranking interno se ajustará anualmente después de finalizado el torneo mayor y solamente se tomarán como referencia los torneos internos.
Para los jugadores con puntaje inferior a los 1400 puntos y/o alumnos de la escuela de ajedrez se considerará la siguiente escala:
0 - 200 Aprendiz
200 - 400 conoce el movimiento de las piezas y las reglas
400 - 600 Resuelve mate en 1 y capturas
600 - 800 Resuelve combinaciones simples
800 - 1000 Tiene conocimientos de estrategia básica
1000 - 1200 Tiene conocimiento de las aperturas
1200 - 1400 Aplica conocimientos de táctica
Los 200 puntos marcan la diferencia de categoría y la fórmula que permitirá hacer un seguimiento de la evolución de cada jugador/alumno será:
R.I. = {R-[½-(dif /400)]}
Donde: R es el resultado de la partida individual (1,½ o 0)
dif es la diferencia de puntaje entre los jugadores A y B siendo 200 el máximo considerado.
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